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Defendiendo los Derechos de los Trabajadores.

Carolina Sánchez Sánchez - Diciembre 2005 -

No puedo hablar mucho acerca del tema, por que en realidad no conozco casi nada de los Sindicatos, pero gracias a la insistencia de mi querido Profesor de Derecho Laboral tengo que plasmar un comentario personal acerca de algo que desconozco pero en fin a ver que tal me sale el choro.

Lo poco que sé de ellos lo conozco gracias a mis clases de Derecho Laboral por supuesto y a lo que nos dice la LFT. Por lo consultado en la misma, existen varios tipos de sindicatos, los cuales tienen derechos y obligaciones como cualquier Organización. Considero que no todos son lo suficientemente buenos y que en realidad no siempre se defienden los derechos de los trabajadores, que se supone que para eso existen. He escuchado algunos comentarios acerca de que la gran mayoría de ellos son malos y que normalmente se actúa para el beneficio del Patrón o de la persona que es representante del mismo.

Aunque como todas las cosas deben de existir algunos que en realidad se dediquen a defender los derechos de los trabajadores, pero en realidad serán 2 de cada 10.

Sindicatos

Un Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses. Los trabajadores y los patrones que tienen el derecho de constituir sindicatos, sin necesidad de autorización previa. A nadie se puede obligar a formar parte de un sindicado o a no formar parte de él.

Los sindicatos tienen derecho a redactar sus estatutos y reglamentos, elegir libremente a sus representantes, organizar su administración y sus actividades y formular su programa de acción.

Los sindicatos de trabajadores pueden ser:

  • Gremiales: los formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad;
  • De empresa: Los formados por trabajadores que presten sus servicios en una misma empresa.
  • Industriales: Los formados por trabajadores que presten sus servicios en dos o mas empresas de la misma rama.
  • Nacionales de industria: Los formados por trabajadores que presten sus servicios enuna o varias empresas de la misma rama industrial, instaladas en dos o más entidades Federativas.
  • De oficios varios: Los formados por trabajadores de diversas profesiones. Estos sindicatos sólo podrán constituirse cuando en el municipio que se trate, el número de trabajadores de una misma profesión sea menor de veinte.

Los sindicatos de patrones pueden ser:

  • Los formados por patrones de una o varias ramas de actividades
  • Nacionales, los formados por patrones de una o varias ramas de actividades de distintas Entidades Federativas.

Características principales de los Sindicatos

  • Pueden formar parte de los sindicatos los trabajadores mayores de catorce años.
  • Los sindicatos deberán constituirse con veinte trabajadores en servicio activo o con tres patrones, por lo menos.
  • Los sindicatos deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los de competencia local.
  • Los sindicatos no están sujetos a disolución, suspensión o cancelación de su registro, por vía administrativa.
  • Los sindicatos legalmente constituidos son personas morales y tienen capacidad para:
    • Adquirir bienes muebles
    • Adquirir bienes inmuebles destinados al objeto de su institución
    • Defender ante todas las autoridades sus derechos y ejercitar las acciones necesarias.
  • El patrón que emplee trabajadores miembros de un sindicato tendrá obligación de celebrar con éste, cuando lo solicite, un contrato colectivo.
  • Si el patrón se niega a firmar el contrato, podrán los trabajadores ejercitar el derecho de huelga consignado en el artículo 450.

No podrán formar parte de la directiva de los sindicatos:

  • Los trabajadores menores de dieciséis años
  • Los extranjeros.

Como mencione al inicio del texto no puedo hablar mucho sobre el tema por que en realidad ignoro cual sea el funcionamiento de cada uno de ellos, por lo que aquí concluyo con mi comentario.


La imagen que aparece en este artículo es unicamente para fines ilustrativos.