- 2015 -
Dr. Federico Anaya
México, D.F., a 2 enero 2015.
Por medio de la presente nos permitimos informarles el calendario referente a los días de descanso obligatorio de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo para el 2015.
En virtud de que los días de descanso obligatorio serán los lunes indicados, es decir, el primer lunes de Febrero en conmemoración del 5 de Febrero; el tercer lunes de Marzo en conmemoración del 21 de Marzo; el tercer lunes de Noviembre en conmemoración del 20 de Noviembre, si los trabajadores prestaran sus servicios en esos días, tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.
Lo mismo aplicaría en el caso del 7 de julio, fecha en que se llevará a cabo la jornada electoral.
ATENTAMENTE
ANAYA VALDEPEÑA, S.C.
Dr. FEDERICO ANAYA OJEDA.
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