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Santa Claus en el Siglo XXI: Aguinaldo

Por: Mtro. Federico Anaya Ojeda - Agosto 2008 -

¿Cómo explicarle a mi hijo de cinco años que esta Navidad en vez de juguetes le vamos a dar virtudes? Seguramente cuando se lo plantee lo primero que va a hacer es un puchero incontenible y lagrimoso, pero como está en la edad de preguntar no se quedará con la menor duda.

— ¿Y por qué me vas a dar virtudes?— indagará con cara de asombro.

Porque las personas hemos perdido el enfoque de lo que significan las navidades. Creemos que dando cosas materiales arreglaremos el mundo y eso no debe ser. Las personas tenemos que entender que el amor y el cariño no se compran, se ganan y enseñar las virtudes debería ser nuestro propósito:

Porque hemos inventado y transmutado personajes como Santa y corrompido el sentido de los aguinaldos.

Hemos aprovechado junto con la mercadotecnia para vender más productos y prestar más servicios. Compañías enteras fructifican las navidades para persistir todo el año.

Porque hemos envilecido con actitudes deplorables el verdadero significado de las navidades y ahora los invitados a la fiesta gozan de mayores provechos que el del cumpleaños.

Pero Santa Claus en el siglo XXI deberá ser un personaje que no regale objetos materiales– si, ya se que los comerciantes querrán a colgarme- y que a través de sus enseñanzas las personas recuerden lo que es ser justos, prudentes, fuertes en espíritu, y temperados. Cuatro virtudes cardinales sin las cuales las personas no sabríamos distinguir entre lo bueno y lo malo. Santa Claus deberá ser ese hombre, como originalmente lo era, un santo, amoroso con los niños y generoso con los necesitados, no un gordo, vestido de rojo, con trineo y renos. Un Santa Claus de todos, no sólo de los ricos sino también de los pobres y que los niños lo quieran por lo que representa no por los regalos que dé.

El origen de San Nicolás es confuso. Hay quienes afirman que viene de Turquía, otros de los Países Bajos. Todos concuerdan que era un santo, devoto de los niños y los necesitados y que murió en el siglo IV d.C un 6 de diciembre. El San Nicolás original no era gordo ni vestía de rojo, más bien era frugal y ponderado. Cuenta una historia que un vecino de San Nicolás se encontraba en la pobreza y que su hija estaba próxima a contraer matrimonio, pero el enlace matrimonial no se culminaría debido a que no contaba con el dinero suficiente para repartir la dote de su hija. San Nicolás sin que nadie lo supiera, entró una noche cauteloso a la casa del vecino y dejó tres bolsas cargadas de dinero cerca de la chimenea. La boda se celebró y desde entonces se hizo la costumbre de dar regalos en épocas decembrinas. Con el paso del tiempo San Nicolás adquirió popularidad gracias a la caricatura que hiciera Thomas Nast a finales del siglo XIX y que Coca-cola adoptara en 1931 como parte de su campaña publicitaria con los colores rojo y blanco.

En algún momento la idea original se perdió, que era la de ayudar a los necesitados, y ahora si se olvida dar algún regalo a un ser querido en navidades éste puede llegar a molestarse o a no entenderlo.

El aguinaldo es una historia de similar conducta rebajada. Se remonta a épocas anteriores a Cristo. Al primer rey romano, Rómulo, le ofrendaban como gesto de buen augurio y deseo de prosperidad, cada primero de año, unas ramas del Bosque de la diosa Strenia, bajo cuyo auspicio se inicia el año nuevo. De ahí nació el nombre de sirenas, que se transformaron en regalos más elaborados con el paso del tiempo. Algunas sirenas se pagaban como tributo a los monarcas o gobernantes y otras se pagaban de éstos a sus súbditos en razón de buenos deseos que se entregaban cada año. El origen etimológico del aguinaldo proviene de la frase latina hac in anno que significa “en este año”. Como muestra de buenos deseos se observa en algunos países el dar colación, mazapanes o dulces a los familiares y amigos.

En México es una prestación que, como todo el mundo sabe, se encuentra reglamentada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Consiste en que el trabajador mexicano reciba el equivalente a 15 días cuando menos de su sueldo y que le sean pagados antes del 20 de diciembre de cada año. Su propósito es que el trabajador pueda pagar todos los rega¬los que Santa trae a los niños y a los seres queridos.


Artículo 87. Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

El acto de rebaja consiste en que los infortunados trabajadores son víctimas de la publicidad y el consumismo. Santa Claus, Los Santos Reyes, Halloween, “la calaverita”, los cumpleaños, los santos, el Día de la madre, del padre, de los novios, del niño, del abogado, de la enfermera, del voceador, del basurero, de la secretaria, etcétera, en complicidad con el marketing y los comerciantes han propiciado que el raquítico salario, y en el caso de los primeros el aguinaldo sea destinado a la compra de regalos. En diciembre algunas veces ni el aguinaldo alcanza y los trabajadores se ven obligados a empeñar sus sueldos no ganados para sufragar los gastos venideros.

Santa Claus en el siglo XXI debe emerger como símbolo de virtudes, de fe, de esperanza y caridad. Dejar a un lado materialismos obscenos, los consumismos inútiles, las deudas infortunadas. Si este Santa Claus emerge podremos concentrarnos en darle a las navidades su sentido original y festejar al verdadero cumpleañero.

Octava Época

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federa¬ción

Tomo: 86-2, Febrero de 1995 Página: 43 Tesis: IV.2o. J/60 Materia(s): laboral

AGUINALDO. ES IMPROCEDENTE SU RECLAMO ANTES DEL DÍA VEINTE DE DICIEMBRE.- De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el pago del aguinaldo debe cubrirse antes del día veinte de diciembre; en consecuencia, el dere¬cho del trabajador para reclamarlo surge a partir del día siguiente. Por tanto, si el actor presenta su de¬manda laboral antes de esa fecha, su reclamación resulta improcedente, pues aún no se genera el de¬recho a exigirlo.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUAR¬TO CIRCUITO.

Amparo directo 387/93—Granos Selectos, SA. de C. V.-30 de junio de 1993- Unanimidad de votos.- Ponente: Leandro Fernández Castillo.- Secretario: Ornar Rene Gutiérrez Arredondo.

Amparo directo 449/94.- Constructora Elizondo Sorquis, S. de R.L de C.V.- 6 de julio de 1994.- Unanimidad de votos.-

Ponente: Arturo Barocio Villalobos.- Secretaria: María Mercedes Magaña Valencia.

Amparo directo 501/94.- Griselda Sánchez Juárez.-10 de agosto de 1994.- Unanimidad de votos.-

Ponente: Leandro Fernández Castillo,- Secretario: Ornar Rene Gutiérrez Arredondo.

Amparo directo 14/95.- Luis Manuel Casados Conde.- 25 de enero de 1995.- Unanimidad de votos.-Ponente: Enrique Arizpe Narro.- Secretario: José Garza Muñiz.

Amparo directo 23/95.- Roberto Dueñas Valadez.- 2 de febrero de 1995.- Unanimidad de votos.- Ponente: Leandro Fernández Castillo.- Secretario: Juan Manuel Rodríguez Gámez.


La imagen que aparece en este artículo es unicamente para fines ilustrativos.